Sumario: El agravio planteado se circunscribe a la prueba de la propiedad del vehículo cuya devolución solicita, así como a la vigencia del régimen legal de bienes alegado. El agravio es de recibo. Para que proceda el comiso secundario se requiere que el medio de transporte de la mercadería, en oportunidad de la constatación de la infracción aduanera de contrabando, sea propiedad del sujeto...
Lo Último
¡Suscríbete ahora!
Jurisprudencia, legislación, doctrina, práctica y noticias. Todo en un solo portal.